Jueves, 08 Octubre 2020 16:45

Hacia la construcción de una respuesta desde el Derecho Penal contra la pesca ilegal

Escrito por Manuel Zapata

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Los recursos hidrobiológicos son parte de nuestro patrimonio nacional y constituyen recursos naturales protegidos por nuestra Constitución Política; por eso, su aprovechamiento al margen de la ley, se encuentra sancionado tanto desde el ambiento administrativo (sancionador) como por el derecho penal, constituyéndose en infracción y delito ambiental respectivamente.

IMG 20200607 WA0083El Perú es el segundo país en el mundo con mayor volumen de captura de peces, y esto genera un gran impacto negativo sobre la vida marina en general.

Desde la perspectiva penal, los delitos destinados a sancionar el aprovechamiento indebido de los recursos hidrobiológicos, sufrieron una modificación de gran importancia, el artículo único del Decreto Legislativo N° 1237 (2015), Decreto Legislativo que modificó diversos artículos del Código Penal, suprimió en los tipos penales Tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre (Artículos 308), Tráfico ilegal de especies acuáticas de la flora y fauna silvestre (308-A), Depredación de flora y fauna silvestre (308-C) y Tráfico ilegal de recursos genéticos (308-D), la referencia a “protegidas por la legislación nacional”, ya que, como lo señala la propia exposición de motivos, lo que se busca es sancionar no solo la adquisición, venta, transporte, etc., de determinadas especies de flora y fauna silvestre, sino la totalidad de ellas, esto visto desde el valor intrínseco de la especie y no desde su valor económico.

Código Penal 1Se modificó el Código Penal, a fin de implementar un marco regulatorio que dinamice y mejore los mecanismos de lucha contra la pesca ilegal.

Otra modificación importante para el fortalecimiento del marco jurídico destinado a la persecución y sanción se dio con la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1393 (2018); a través de dicha norma, se modificó el artículo 308-B del Código Penal, permitiendo combatir la extracción de recursos hidrobiológicos con embarcaciones construidas sin autorización ni licencias, así como las actividades de procesamiento ilegal de recursos hidrobiológicos, teniendo presente que el bien jurídico protegido es la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos (Exposición de Motivos, Decreto Legislativo N° 1393).

Código Penal 2La pesca ilegal en todas sus modalidades afectan gravemente el desarrollo y sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos.

Asimismo, se incorporó a nuestro ordenamiento una herramienta de persecución frontal contra la ilegalidad, la denominada “Interdicción para las actividades ilegales de pesca”. Esta figura jurídica no es nueva, ya que se viene utilizando para los casos de minería ilegal y tala ilegal (Decreto Legislativo N° 1100 del año 2012 y Decreto Legislativo N° 1220 del año 2015, respectivamente).

Cabe señalar que, cuando se promulgó el Decreto Legislativo N° 1100 causo un revuelo jurídico al ser acusado de inconstitucional; sin embargo, el propio Tribunal Constitucional declaró su validez recientemente, a través de la sentencia recaída en el Expediente 0019-2015-PUTC de noviembre del 2019, donde declara infundada la demanda de inconstitucionalidad contra los Decretos Legislativos 1100 y 1105.

Esta sentencia es un respaldo importante a las acciones que viene realizando el Ministerio Público, a través de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental - FEMAs y la Policía Nacional del Perú, que a pesar de las complejas circunstancias que se presentan producto de la pandemia del COVID-19, vienen realizando operativos contra la minería ilegal, tala ilegal y captura y procesamiento ilegal de recursos hidrobiológicos.

Asimismo, se encuentra pendiente en el Congreso de la Republica, el debate sobre la incorporación de los delitos de Tráfico de Fauna Silvestre a la Ley de Crimen Organizado, su implementación dotaría de mayores herramientas procesales a los operadores de justicia para la persecución y sanción de este delito. Más aún cuando, ya se cuenta con estudios que presentan evidencias que muchos tipos de pesca ilegal constituyen una forma de delincuencia organizada transnacional

Imagen"La pesca ilegal y sus nexos con el crimen organizado", publicación de la Iniciativa global contra el crimen organizado.

En próximas publicaciones compartiremos algunas ideas respecto a la aplicación de cada una de las figuras jurídicas mencionadas en el presente texto, donde se explique sus particularidades y el trabajo de los actores involucrados en la persecución y sanción del crimen ambiental.

Portada: @Apamperu

Foto: NRDC (@nrdc.org)

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